Consultoría – Apoyo a la Implementación de Ley 301 que establece medidas para el desarrollo integral de los Pueblos Indígenas de Panamá

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  • Panama City Panama
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FSC Indigenous Foundation

  1. PROGRAMA IPARD
  2. ANTECEDENTES

En 2019, el Forest Stewardship Council (FSC) estableció la Fundación Indígena FSC (FSC-IF) como la oficina operativa del Comité Permanente de Pueblos Indígenas (CPPI). La FSC-IF es una fundación de interés privado de acuerdo con la Ley Nº 25 del 12 de junio de 1995 de la República de Panamá. La misión de FSC-IF es habilitar un entorno que garantice los derechos de los Pueblos Indígenas y promover soluciones sostenibles basadas en los bosques dentro de los 300 millones de hectáreas de bosques indígenas del planeta. La visión es que los valores globales, los derechos, los medios de vida, los servicios de los ecosistemas, el capital natural y las comunidades de los Pueblos Indígenas se incorporen a la gobernanza forestal, la gobernanza del cambio climático y los sistemas de mercado.

Alianza de Pueblos Indígenas por los Derechos y el Desarrollo

La FSC-IF es el socio ejecutor del programa quinquenal de la Alianza para el Desarrollo Global (GDA) financiado por USAID y el FSC: Alianza de los Pueblos Indígenas para los Derechos y el Desarrollo (IPARD). El Programa IPARD se guía por tres objetivos de desarrollo:

  • Objetivo 1: Organizar y convocar un programa de desarrollo de capacidades para las organizaciones de los pueblos indígenas y las partes interesadas.
  • Objetivo 2: Fomentar un entorno propicio para el reconocimiento, la participación efectiva y la toma de decisiones conjunta de los pueblos indígenas en los asuntos que les afectan, y
  • Objetivo 3: Promover el desarrollo sostenible de los pueblos indígenas basado en modelos económicos sostenibles.

IPARD utiliza tres enfoques interconectados para apoyar a los pueblos indígenas a superar sus retos de desarrollo:

  1. Enfoque multisectorial (MSA): bajo la orientación estratégica del Comité Directivo (SC) de IPARD, el Programa convoca y aprovecha la experiencia de los socios multisectoriales para garantizar que las necesidades de las comunidades indígenas se tengan en cuenta en una amplia gama de sectores.
  2. Enfoque centrado en el país (CFA): La estrategia programática de la IPARD se guía por un enfoque centrado en el país, impulsado por contextos nacionales específicos relacionados con los Pueblos Indígenas. IPARD implementa un proceso estructurado para identificar, evaluar y seleccionar países para sus programas. El FSC-FI trabaja conjuntamente con el Comité Directivo de la IPARD, y según las directrices del enfoque multisectorial, para seleccionar los países e identificar las prioridades y estrategias clave.
  3. Enfoque de gestión de proyectos indígenas (IPMA): Aprovechando las redes y relaciones de FSC-IF con líderes y organizaciones indígenas de todo el mundo, IPARD busca el diálogo, la consulta y la retroalimentación continuos con los Pueblos Indígenas para informar el Programa. IPARD apoya un foro a través del cual la Fundación Indígena FSC-IF sirve de puente entre los Pueblos Indígenas, los socios técnicos, los gobiernos nacionales y el sector privado. IPARD invierte en las mejores prácticas de conservación y en enfoques y metodologías eficaces para garantizar el desarrollo a largo plazo de las Organizaciones de Pueblos Indígenas en múltiples áreas de gestión para permitirles desarrollar, negociar, gestionar y ejecutar sus propios programas, proyectos y otras iniciativas.

A través de estos tres enfoques, la IPARD pretende capacitar a las organizaciones de los Pueblos Indígenas y catalizar un entorno propicio en el que los Pueblos Indígenas puedan perseguir su desarrollo.

  1. CONTEXTO NACIONAL

A pesar del crecimiento económico de Panamá y de la reducción de la pobreza en las últimas décadas, todavía existe una importante desigualdad en los territorios indígenas. Mientras que en 2018 los índices de pobreza nacional se situaban en aproximadamente el 13%, la pobreza rural era de aproximadamente el 30%, y la pobreza entre los indígenas era de aproximadamente el 43%, siendo las Comarcas Ngäbe Buglé, Guna Yala y Emberá Wounaan las que representaban los índices más altos a nivel nacional (Basado en una línea de pobreza de 5,5 USD al día). Estos porcentajes se acentúan si se tiene en cuenta la falta de acceso a los servicios básicos en las comarcas y tierras colectivas. Las tasas de abandono escolar son de tres a cuatro veces más altas en las comarcas en comparación con la media nacional. Se prevé que estas brechas se acentúen por la pandemia debido a los bajos niveles de acceso a la tecnología (5 por ciento de personas en territorios indígenas con acceso a una computadora y 52 por ciento a una conexión a internet en comparación con 32 por ciento y 72 por ciento de los no indígenas. Cuestionario contextual PISA 2018).

Por otro lado, durante la pandemia, la tasa de desempleo alcanzó el 18,5%, con siete (7) de cada diez (10) indígenas trabajando en sectores afectados por la pandemia. Esta importante pobreza y brecha en el nivel de vida de la población indígena de Panamá contrasta con el fenómeno del crecimiento económico del país. A pesar de que en 2020 la economía del país se contrajo por la pandemia, de 2014 a 2019 el PIB de Panamá creció a un promedio anual del 4,6%, frente a los promedios del 3% de América Latina y del 0,8% de Centroamérica. Contrastan a su vez con el hecho de que Panamá cuenta con uno de los marcos legales de legislación indígena más avanzados de la región, que incluye:

    1. Reconocimiento de las comarcas indígenas como entidades político-administrativas y el gobierno autónomo de sus autoridades tradicionales.
    2. Normas relativas a la protección de los conocimientos y las lenguas autóctonas, al establecimiento de una educación intercultural bilingüe
    3. Ley 17 de 2016, por la cual se establece la protección del conocimiento de la medicina tradicional indígena y
    4. Ley 88 de 22 de noviembre de 2010, que reconoce las lenguas y alfabetos de los indígenas de Panamá y dicta normas para la Educación Intercultural Bilingüe.
    5. Ley 37 de 2016, que establecen la obligación por parte del Estado de consultar y obtener el consentimiento libre, previo e informado respecto de las medidas legislativas o administrativas que puedan afectar a los indígenas.

Como parte de su política de desarrollo, el Gobierno de Panamá ha reconocido la importancia de trabajar en coordinación con los indígenas y sus estructuras tradicionales de gobierno. En 2012, se inició un proceso de diálogo entre el Gobierno de Panamá, representado por el MINGOB, y los Pueblos Indígenas, para la construcción del Plan de Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas de Panamá (PDIPIP), avalado por sus respectivas autoridades y consultado con las comunidades. El objetivo de este Plan es presentar al Gobierno una estrategia y visión de desarrollo acorde con la visión de desarrollo de los Pueblos Indígenas, convirtiéndolo en una guía para el diseño de políticas y programas públicos en los territorios. Este diálogo, que se inició en 2012, ha evolucionado hasta convertirse en el CONDIPI; una plataforma de diálogo y coordinación permanente e institucionalizada entre los indígenas y el Gobierno de Panamá. Fue en este marco de diálogo, donde se aprobó la Resolución N° 0617 del 29 de noviembre de 2019, que permite continuar con los trámites de titulación colectiva de tierras a las comunidades indígenas que han certificado su ocupación en las áreas protegidas del país.

En este contexto, el Gobierno de Panamá, a través del MINGOB y en coordinación con la Asamblea Nacional y con la asistencia técnica del Banco Mundial, presentó y aprobó el 9 de marzo de 2022 el Proyecto de Ley No. 316 de 2020, que busca estar en línea con las mejores prácticas internacionales, con la participación plena y efectiva de los indígenas en su diseño.

El 12 de mayo de 2022 fue promulgado por el Presidente de la República el proyecto de Ley 301, que establece Medidas para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas de Panamá. En virtud de lo anterior, su reglamentación e implementación será crucial para la planificación multisectorial de la inversión pública en los territorios indígenas, así como se convertirá en una acción detonante dentro de la matriz de políticas públicas que subraya el compromiso de Panamá con el desarrollo inclusivo desde la perspectiva y cosmovisión indígena del país.

  1. OBJETIVO DE LA CONSULTORÍA

Apoyar al Gobierno de Panamá en el proceso de implementación (Estatutos) de la Ley 301 del 12 de mayo de 2022, que establece medidas para el desarrollo integral de los indígenas en Panamá, que se basa en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Indígenas de 2007 y en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

  1. ALCANCE DEL ASESORAMIENTO

Contar con una propuesta de Reglamento de la Ley 301, que incorpore experiencias previas, mejores prácticas internacionales y un análisis del marco normativo nacional para identificar vacíos legales y barreras estructurales; así como proponer soluciones que promuevan un rol activo de los indígenas en la planificación y ejecución de programas y proyectos multisectoriales y quinquenales en los territorios indígenas, en línea con los principios y prioridades establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas.

  1. PERFIL ACADÉMICO / PROFESIONAL

Requisitos mínimos y competencias requeridas

Los candidatos que se presenten a la asesoría individual deberán cumplir los siguientes requisitos:

Antecedentes académicos

  • Título universitario en antropología, ciencias sociales, derecho internacional, políticas públicas, administración pública, gestión del desarrollo, trabajo social o áreas relacionadas. Y, preferiblemente, títulos de postgrado en los campos mencionados.

Experiencia general

  • Experiencia en procesos de planificación estratégica institucional de la administración pública panameña, incluyendo planes operativos, planes quinquenales, planes financieros y presupuestos por resultados.
  • Al menos 10 años de experiencia en la gestión o ejecución de programas multisectoriales, incluyendo el sector privado y el sector gubernamental.
  • Al menos 5 años de experiencia en proyectos similares y en proyectos comunitarios locales con conocimientos y experiencia de trabajo con organizaciones internacionales de desarrollo y de los pueblos indígenas.

Experiencia específica

  • Al menos cinco (5) años de experiencia demostrada en el trabajo con los pueblos indígenas, experiencia sobre el terreno y conocimiento de los problemas y sistemas indígenas.
  • Al menos cinco (5) años de experiencia trabajando en contextos altamente dinámicos, así como un amplio conocimiento del desarrollo social, político y cultural de los pueblos indígenas y su relación con el Gobierno de Panamá y el sector privado.
  • Al menos cinco (5) años de experiencia demostrada y conocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y el desarrollo sostenible en Panamá.

Habilidades

  • Deseable capacidad de comunicación oral y escrita, presentación y negociación en inglés y español.
  • Capacidad para responder adecuada y eficazmente a la presión, cumpliendo los plazos con una entrega de productos excepcional.
  • Preferiblemente, candidatos profundamente familiarizados con la cultura y las comunidades de los Pueblos Indígenas de Panamá o ser miembro nativo de un Pueblo Indígena de Panamá.
  • Capacidad demostrada para establecer relaciones de confianza con organizaciones locales asociadas para lograr los resultados deseados, identificar nuevas oportunidades y promover la colaboración a largo plazo.
  1. METODOLOGÍA
  • Revisar la Ley 301 del 12 de mayo de 2022, así como todo el marco jurídico nacional existente en Panamá sobre los derechos y el desarrollo de los pueblos indígenas, fortaleciendo lo que complementa o se superpone con dicha ley, con el fin de identificar los aspectos que deben ser abordados en el reglamento de la Ley para asegurar su correcta implementación.
  • Revisar el marco normativo internacional y el derecho comparado en materia de desarrollo económico, cambio climático y desarrollo forestal para asegurar que las propuestas normativas estén alineadas con los principales instrumentos internacionales en la materia (ODS, tratados internacionales de los que el país es parte y que son aplicables; directrices de organizaciones internacionales, si son aplicables; recomendaciones de órganos de tratados que sirven para su interpretación; jurisprudencia o informes generales de organizaciones aplicables).
  • Realizar entrevistas y reuniones con los diferentes ministerios, servicios, institutos y otras entidades públicas encargadas de la implementación y ejecución de la Ley y su Reglamento, así como con la sociedad civil y el sector privado.
  • Realizar entrevistas y reuniones con las autoridades que representan a los Pueblos Indígenas de Panamá.
  • Proponer cuadros explicativos de los lineamientos claves propuestos para ser incorporados por cada capítulo de la Ley (conceptos técnicos, definiciones, disposiciones obligatorias, entre otros). La metodología debe ser aprobada por la Fundación Indígena (FSC IF) y el MINGOB.
  • Elaborar un documento técnico jurídico final (informe) con los lineamientos clave para la reglamentación de la Ley 301 del 12 de mayo de 2022 (Proyecto de Ley 316 de 2020), incluyendo un índice anotado bajo la orientación y supervisión reglamentaria que pueda proporcionar un plan.

g. CALENDARIO DE ENTREGA Y FORMAS DE PAGO

El consultor deberá entregar un plan de trabajo y un calendario estimado de actividades para la consultoría, en un plazo de cinco (5) días calendario a partir del día hábil siguiente a la firma del contrato no remunerado.

Entregables

Productos

Plazo de entrega (días calendario)

Porcentaje de pago (%)

Importe (USD)

1

Resultado1: Propuesta metodológica

10 días calendario a partir de la fecha de notificación del contrato firmado

10

TBD

2

Resultado 2: Índice anotado propuesto de la

documento técnico jurídico y la lista de las instituciones a las que

para ser entrevistado, con una propuesta de calendario.

21 días calendario a partir de la fecha de notificación del contrato firmado

15

TBD

3

Resultado3: Informe de la entrevista con las partes interesadas,

recogida y análisis de datos

70 días calendario a partir de la fecha de notificación del contrato firmado

20

TBD

4

Resultado 4: Primer borrador del documento técnico jurídico

presentar una propuesta de lineamientos clave para el Reglamento de la Ley 301 del 12 de mayo de 2022 (Proyecto de Ley 316 del 9 de marzo de 2020).

140 días calendario desde la notificación del contrato firmado.

15

TBD

5

Resultado 5: Socialización de la propuesta de directrices clave.

para el Reglamento de la Ley 301 del 12 de mayo de 2022 (Proyecto de Ley 316 del 9 de marzo de 2020)

154 días calendario desde la notificación del contrato firmado.

20

TBD

6

Resultado 6: Documento técnico final con propuesta de

regulación de la Ley XXX (Proyecto de Ley 316).

168 días calendario desde la notificación del contrato firmado.

20

TBD

TOTAL

168 días calendario

100 %

TBD DÓLARES

El consultor deberá contemplar los impuestos locales a cubrir en su país de origen, dentro de su propuesta, inclusiones o alteraciones en el valor de la oferta, posteriores al periodo de recepción de propuestas no serán aceptadas.

  1. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN TÉCNICA

El consultor coordinará el trabajo planificado con el Director del Programa IPARD y el Líder del Programa del Objetivo 2: Incidencia Política, Derechos y Participación Social, quienes revisarán los productos con un plazo máximo de cinco (5) días calendario para hacer observaciones y/o comentarios, si los hubiera. A su vez, el consultor dispondrá de un plazo no superior a cinco (5) días calendario para realizar los ajustes o cambios necesarios y entregar el producto/entregable corregido.

– Condiciones para el pago de los productos:

Los productos deben ser autorizados por el Director Gerente del FSC-IF y/o el Director del Programa IPARD para proceder al pago. Todos los productos deben ser entregados en inglés y español, en dos copias escritas y en formato digital editable. Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la aprobación satisfactoria de los productos por parte de las autoridades designadas.

  1. CONDICIONES DEL CONTRATO:

Tipo de Consultoría: Individual con pagos según Cronograma de entregables y pagos.

Tipo de contrato: A tanto alzado.

Duración del contrato: 168 días calendario.

Ubicación: La consultoría se realizará en la ciudad de Panamá y/o de forma virtual.

Persona responsable: Líder del Programa Objetivo 2.

  1. LUGAR Y PLAZO

La consultoría se desarrollará en el marco de las condiciones y restricciones de trabajo establecidas en el COVID19 Pandemia, en Panamá y/o virtualmente, en un plazo de 24 semanas (168 días calendario) a partir de la firma del contrato.

  1. DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Toda la información generada a causa de la consultoría será propiedad exclusiva de FSC-IF.

K) CONFIDENCIALIDAD

El consultor se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información o documentación proporcionada y/o producida en relación con la consultoría y a no divulgarla en ningún caso sin la autorización previa de FSC-IF durante la ejecución de la consultoría y después de su finalización.

También se acuerda que, durante la vigencia del contrato, el consultor se abstendrá de emitir conceptos en nombre de FSC-IF en los medios de comunicación, realizar acciones o hacer representaciones que directa o indirectamente puedan afectar negativamente a FSC-IF.

3. PROPUESTA TÉCNICA Y FINANCIERA

Las solicitudes deben incluir los siguientes documentos:

  1. Una propuesta técnica en la que se aborden los objetivos generales y específicos de la consultoría y un calendario para completar los productos enumerados anteriormente.
  2. CV del consultor, dos referencias profesionales o antecedentes de la empresa consultora.

c) Propuesta económica de los servicios y propuesta de condiciones de pago.

Véase el Anexo 1 – FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y DE COSTES.

4. INSTRUCCIONES PARA LOS LICITADORES

a) Plazo de presentación de propuestas

La fecha límite de presentación es el 31 de agosto de 2022 – 5:00 (17:00 hora de Panamá).

b) Dirección de presentación

Tanto la Propuesta Técnica como la Propuesta de Costes deben enviarse por correo electrónico a: [email protected] con el asunto – “Climate Change Funds for Indigenous Peoples and Local Communities (IPLO)”.

c) Requisitos de la propuesta

Todas las presentaciones de propuestas deben cumplir con los requisitos indicados en el Anexo I – FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y DE COSTES.

d) Validez de la oferta

Las ofertas deben ser válidas hasta tres meses después de la fecha de presentación.

e) Criterios de evaluación y selección

Tenga en cuenta los criterios de evaluación de esta convocatoria:

Criterios Peso

1. Coste total 40%.

2. Enfoque técnico 30%.

3. Resultados anteriores 30%.

How to apply

FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y DE COSTES

PROPUESTA TÉCNICA

Los consultores interesados deberán presentar la propuesta en inglés, incluyendo la información que se indica a continuación y sin exceder las 25 páginas. El formato de la propuesta técnica debe constar de las siguientes secciones:

a) RESUMEN EJECUTIVO

b) ANTECEDENTES DEL OFERENTE

c) OBJETIVOS

d) METODOLOGÍA PROPUESTA

e) PLAN DE TRABAJO – ACTIVIDADES/TAREAS

f) CALENDARIO DEL PROGRAMA

Por favor, inserte el diagrama de Gantt con las actividades/tareas

Inserte el calendario de entregas

g) DESEMPEÑO PASADO

Por favor, incluya una lista de encargos ejecutados como esta actividad de consultoría y referencias de clientes atendidos.

PROPUESTA DE COSTES

El formato de la propuesta de costes debe constar de las siguientes secciones:

Desglose de costes

Por favor, facilite un desglose y una explicación detallada de todos los gastos de ejecución de la actividad, incluidos todos los impuestos locales.

Dirección de presentación

Tanto la Propuesta Técnica como la Propuesta de Costes deben enviarse por correo electrónico a: [email protected] con el asunto – “Consultoría – Apoyo a la Implementación de Ley 301 que establece medidas para el desarrollo integral de los Pueblos Indígenas de Panamá”.


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